SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2013

Fecha: 19-Feb-2013

concedió

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, a través de Auto 283/2012 de 23 de octubre, cursante de fs. 185 a 191 vta., concedió en parte la tutela a favor del accionante José Ernesto Justiniano Cartagena, anulando el proceso disciplinario hasta la Resolución 403 de 31 de mayo de 2012, que dilucidó el recurso de revocatoria, con el argumento de presentar similares condiciones fácticas a las de Franz Humberto Moreno León, pero en el caso de éste se revocó la sanción de no pago de tres meses de sueldo; y, denegó la tutela respecto de Franz Humberto Moreno León, Rolando Vedia Romero, Sayonara Hinojosa Fuentes y Juan Gonzalo Torres Flores; con los argumentos siguientes: a) No existe falta de fundamentación, las resoluciones se manifestaron sobre todas las observaciones de los accionantes, no siendo necesaria una ampulosa argumentación, sino responder a todas las cuestiones presentadas por la defensa; b) Tampoco se vulneró el principio de congruencia entre la acusación y la sentencia, ya que la única norma por la que se sancionó a los recurrentes fue el art. 78 del Reglamento Interno del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, y aunque se alude al art. 149 del CP, no fue objeto de probanza en el proceso, por lo que tampoco es atendible la denuncia de incompetencia en razón de materia por corresponder al juez penal sancionar la falta de presentación de declaración jurada de bienes y rentas; y, c) Respecto a las deficiencias en la valoración de la prueba y la interpretación de la legalidad ordinaria, esas no son cuestiones que se puedan reevaluar en la acción de amparo constitucional sino sólo excepcionalmente, para lo cual la parte debe cumplir con los requisitos previstos por la SCP 0165/2012 de 14 de mayo, y los interesados no lo hicieron.