Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2013
Fecha: 27-Feb-2013
a)
Solicita se conceda la tutela; disponiéndose que: a) El demandado acredite su situación de detenida con mandamiento de detención preventiva; y, b) Se traslade a su representada al Centro de Orientación Femenino de la ciudad de La Paz, en cumplimiento a lo ordenado por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal cautelar del departamento de La Paz, dejando constancia expresa que la presente acción no pretende lograr la restitución de su libertad, sino que se preserven las formalidades legales de un debido proceso, respetando la vida e integridad física de su representada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- “admitió”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la celeridad procesal
- III.3. Protección de los derechos de los privados de libertad
- III.4. La acción de libertad correctiva
- Sobre la inexistencia del mandamiento de detención preventiva a ser cumplido en la ciudad de Oruro
- Sobre el traslado de penitenciaría
- Sobre el peligro a la vida e integridad física
- Sobre la dilación en el traslado del penal de “San Pedro” de Oruro al Centro de Orientación Femenino de La Paz
- “admitir”
- 1º CONFIRMAR en parte