Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
II.12.
II.12. Mediante memorial presentado ante la Jueza precedentemente indicada, el 27 de abril de 2011, la accionante, aclaró que el acto arbitrario se produjo el 31 de mayo de 2010, cuando la esposa de su representado se hallaba en gestación de 8 a 9 meses, donde no se respetó la inamovilidad laboral del mismo, por ende expresamente señaló que la acción de amparo constitucional se basa en el memorándum de 31/10 de 31 de mayo del citado año; además de señalar que el memorándum 072/10 de 3 de noviembre de 2010, se adjuntó para acreditar la actitud deshonesta del demandado. (fs. 29).
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3.Intervención del Ministerio Público
- DENEGÓ
- I.3.Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR