SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 23 de octubre de 2007, Alejandro Balladares Flores, en representación de los ex-trabajadores mineros relocalizados de COMIBOL, interpuso demanda de nivelación y/o re liquidación de beneficios sociales contra el Gerente de la COMIBOL S.A., Leonardo Camacho Vallejos, siendo su fundamento central el siguiente: “… para lograr que la COMIBOL cierre sus operaciones en el año 1994, ofertó a los trabajadores, incentivos para su retiro, por convenios con $us1 000.- por cada año de trabajo, mas la dotación de lotes, casas y otros beneficios que a los relocalizados de 1985 a 1987 no les tocó absolutamente nada y como en un país civilizado donde imperan las leyes no puede haber discriminación, impetro una reliquidación para todos los actores de la presente demanda a objeto de que sean beneficiarios de una nueva reliquidación de estos beneficios en base a sus años de servicios prestados a COMIBOL S.A. desde el año 1952 y no así desde el año 1965…”(sic) (fs. 7 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria, atribución exclusiva de la jurisdicción ordinaria
- Fragmento 16
- III.3. Sobre la valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR