Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
II.5.
II.5. El 19 de agosto de 2009, los ex-trabajadores mineros de COMIBOL S.A., presentan recurso de nulidad contra el Auto de Vista que confirmó la Sentencia ( fs. 71 a 74), y luego de su traslado es concedido por Auto 49/2009 de 28 de agosto, por ante la entonces “Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación” (fs. 77 a 78), Tribunal que mediante su Sala Social y Administrativa Segunda por Auto Supremo 394 de 14 de octubre de 2010, declaró infundado el recurso de casación (fs. 86 a 90).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria, atribución exclusiva de la jurisdicción ordinaria
- Fragmento 16
- III.3. Sobre la valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR