Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
II.6.
II.6. Por memorial de 22 de octubre de 2010, los representados del accionante, solicitaron la complementación del Auto Supremo, argumentando la ausencia de pronunciamiento respecto del memorial de 8 de febrero de 2010, habiendo los miembros de la Sala Social y Administrativa Segunda, por Auto de 25 del citado mes y año, declarado no haber lugar a la complementación solicitada (fs. 92 a 93 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria, atribución exclusiva de la jurisdicción ordinaria
- Fragmento 16
- III.3. Sobre la valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR