SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

(Dictamen de responsabilidad administrativa) Si en la evaluación de los informes de auditoría interna o externa

Asimismo debemos citar el art. 17 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública (DS 23318-A de 3 de noviembre de 1992), que señala: “(Dictamen de responsabilidad administrativa) Si en la evaluación de los informes de auditoría interna o externa se advirtieran contravenciones al ordenamiento jurídico administrativo por parte de los servidores o ex servidores públicos, el Contralor General de la República podrá emitir dictamen de responsabilidad administrativa. Este dictamen, junto con un ejemplar de todo lo actuado, será remitido a conocimiento del ejecutivo superior de la entidad respectiva, para que se inicie el proceso interno en el plazo fijado por la Ley 1178” (las negrillas se añadieron); dadas las aclaraciones realizadas, en especial al última norma citada, demuestra que las auditorías no constituyen procedimientos que puedan detener un proceso penal, menos las aclaraciones de éstas, sino que son actos previos de recopilación de información necesaria para recién iniciar los procesos que correspondan.

Por todo lo anteriormente expuesto y siendo la jurisprudencia establecida en la SC 0682/2004-R completamente aplicable al caso de autos, los demandados, tanto los miembros del Tribunal Primero de Sentencia Penal, como los Vocales de Sala Penal Primera; no actuaron conforme a ésta, sino que por el contrario, aceptaron la aplicación de la excepción, en consecuencia vulnerando el debido proceso y omitieron el entendimiento y la adecuada aplicación de ese medio de defensa al caso concreto.