SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2013

Fecha: 05-Mar-2013

a)

El abogado de la parte accionante ratificó el tenor íntegro de la acción de cumplimiento y añadiendo señaló que: a) La garantía primaria establecida en la presente acción, se refiere no a la protección de la inamovilidad del trabajador, sino a la protección del discapacitado “que pretende hacer prevalecer sus derechos a través de su progenitor quien en su función y dependencia laboral en el SENAPE” cubre sus necesidades mínimas de alimentación, vestimenta, acceso a  la educación y especialmente de salud por las condiciones de rehabilitación requeridas por su hijo; b) Los certificados médicos recientemente obtenidos, acreditan un empeoramiento de la condición de enfermedad de su hijo, debido a la falta de rehabilitación, lo que ha originado un incremento en un 25% de la falencia adolecida; c) El memorando de la desvinculación tiene su argumento en una supuesta supresión del cargo; sin embargo, revisado el presupuesto de la presente gestión el cargo aún existe, prueba de ello, es la papeleta de pago de enero del accionante, donde figura con su mismo cargo; d) Respecto a supuestos actos ilícitos incurridos por el accionante que pretenden ser relacionados como justificativo para la desvinculación, la nota emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de “Comanche”, demuestra que jamás hubo intento de denuncia contra alguna conducta del accionante ante la Fiscalía de La Paz; y, e) De acuerdo a las Normas Básicas de Administración de Personal, establece que cuando se produce una supresión del cargo de un servidor público, éste deberá ser asignado en otro dentro de las mismas funciones.