SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2013

Fecha: 05-Mar-2013

III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento

La acción de cumplimiento, prevista por el art. 134 de la CPE, se instituye dentro del nuevo orden constitucional, como un instrumento de defensa ante el incumplimiento de disposiciones constitucionales o legales por parte de servidores públicos, con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida.