SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2013

Fecha: 05-Mar-2013

II.4.

II.4.  El 31 de enero de 2012, Pastor Román Gordillo Rioja, interpuso recurso de revocatoria contra el memorando de supresión de cargo y desvinculación (fs. 7 a 10); impugnación que fue resuelta por la RA SNPE/RA/DGE-011/2012 de 9 de febrero, por la cual la Directora General Ejecutiva a.i. del SENAPE, resolvió desestimar el recurso de revocatoria interpuesto por el accionante en base a lo dispuesto por el art. 29 del DS 26319, que establece que el mencionado recurso procede exclusivamente contra las resoluciones o actos administrativos definitivos señalados en los parágrafos I y II de su art. 9, que prevé que los procedimientos administrativos por los cuales se determine o decida el ingreso, promoción o retiro de funcionarios de carrera deberá concluir necesariamente con una resolución administrativa definitiva, en ese sentido el parágrafo II, señala que será considerada resolución administrativa definitiva, cualquier acto administrativo, por el cual en forma definitiva se determine el ingreso a la carrera administrativa, la promoción o retiro de funcionarios de ese carácter; y en el caso presente, el impetrante no sería funcionario público de carrera, por lo que no gozaría de los derechos inherentes a esta clase de funcionarios públicos, entre los que está la estabilidad laboral, así como tampoco cuenta con el derecho de impugnar las decisiones administrativas relativas a su retiro; derecho exclusivo para funcionarios públicos de carrera y no provisorios conforme a los arts. 7 y 71 del EFP (fs. 11 a 13).