Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2013
Fecha: 08-Mar-2013
I.2. Admisión y citación
Por AC 0795/2012-CA de 10 de octubre (fs. 42 a 43), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, revocó la Resolución 136/2012 de 7 de septiembre, y en consecuencia, admitió la acción de inconstitucionalidad concreta ordenando poner en conocimiento del Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Álvaro Marcelo García Linera, como representante del Órgano emisor de las normas impugnadas; diligencia que se cumplió el 11 de enero de 2013 (fs. 70).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- I.1.2. Resolución del Juez consultante
- I.2. Admisión y citación
- a)
- II.
- III.
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.2. El control de constitucionalidad
- III.3. En cuanto a los efectos de la sentencia en la acción de inconstitucionalidad concreta
- III.4. Sobre el proceso coactivo civil
- 1.
- III.5. Sobre la declaratoria de constitucionalidad de los arts. 48, 49, 50 y 51 de la LAPCAF por el Tribunal Constitucional (SSCC 0035/2000 y 0077/2000)
- III.6. Análisis del caso concreto
- ni a privarse de lo que éstas no prohíban
- CONSTITUCIONALIDAD
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.