Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2013
Fecha: 13-Mar-2013
a)
Solicita que se conceda la tutela impetrada; disponiendo que: a) Se deje sin efecto el “Auto de Vista de 30 de abril de 2011” (sic); y, b) Se ordene que las autoridades jurisdiccionales demandadas emitan un nuevo auto de vista, enmarcado en los alcances y línea interpretativa establecida en la SC 0101/2006-R.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- “otorgó”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.2. La prescripción de la acción penal
- III.3. La estafa y su caracterización como delito instantáneo
- Fragmento 14
- III.4.
- III.4.1. Con relación a la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4.2.
- concedido
- POR TANTO