SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2013

Fecha: 13-Mar-2013

I.2.1. Ratificación de la acción

El accionante, a través de su abogado, ratificó los términos expuestos en la acción de amparo constitucional y agregó con respecto a la caducidad de la acción alegada por la demandada, que no tuvo conocimiento del bloqueo de la matrícula en la fecha que señala la demandada y se remite a la copia original que presentó el 28 de mayo de 2012, en el que solicita se indique por qué razones se procedió al bloqueo de la matrícula, y que al presente no se le ha notificado con ninguna determinación sino que se emitió una certificación de tradición de 14 de junio de 2012, consiguientemente se encuentra dentro el margen de cuatro a cinco meses.

Con relación a la subsidiariedad, refiere que la autoridad demandada, no menciona que otras vías existen, sino más bien aclara que DD.RR. en Bolivia simplemente genera publicidad al registro y sus autos son definitivos y no sujetos a otros recursos, consiguientemente no existe otro recurso pendiente.