SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2013

Fecha: 13-Mar-2013

II.6.

II.6.  El accionante, refirió que habiendo acudido a las oficinas de DD.RR. se le había informado que las matrículas de sus lotes de terreno de su propiedad fueron bloqueadas, por lo que a través de memorial de 28 de mayo de 2012, el ahora accionante, solicitó al Juez de Instrucción en lo Civil y Comercial de turno de Sacaba, que disponga que la autoridad demandada, certifique: “Si existe alguna orden judicial, requerimiento fiscal o alguna disposición de autoridad jurisdiccional que ordene el bloqueo de la matrícula 3.10.1.01.0033062 (…) Cuales los antecedentes para el bloqueo de la matricula 3.10.1.01.0033062…” (fs. 67 y vta.), por lo que ante dicha solicitud la referida autoridad, por Auto de 30 de mayo de 2012, determinó que no es necesaria una orden judicial para la certificación solicitada, y que el accionante, podía acudir directamente a la oficina de DD.RR. (fs. 68).