Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2013
Fecha: 18-Mar-2013
II.2.
II.2. El imputado mediante memorial presentado el 30 de noviembre a horas 09:05, en Plataforma, solicitó a la autoridad jurisdiccional la corrección del procedimiento, y en la parte in fine la suspensión de la audiencia pública señalada para el 30 de noviembre de 2012, por estar pendiente de resolución la excepción de incompetencia por él planteada, escrito que de Plataforma fue remitido al Juzgado de origen en la misma fecha a horas 15:23 y pasado a conocimiento de la autoridad jurisdiccional el 3 de diciembre del indicado año, mereciendo la providencia de que se esté a lo resuelto (fs. 5 y vta.; 42; 45).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 13
- III.2.La acción de libertad, debido proceso y medidas cautelares
- salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial…'
- III.4. Declaratoria de rebeldía
- El mandamiento de aprehensión emitido como efecto de la declaratoria de rebeldía
- Revocatoria de la declaratoria de rebeldía
- III.5. Análisis del caso concreto
- Actuación de la autoridad jurisdiccional
- Sobre las actuaciones de la Secretaria y Auxiliar del mismo Juzgado y Auxiliar de Plataforma
- Fragmento 22
- 1º REVOCAR en parte