SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2013

Fecha: 18-Mar-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega que las autoridades demandadas han vulnerado de su representado los derechos a la libertad y a la celeridad procesal, por cuanto dentro del proceso penal que se sigue en su contra por la presunta comisión del delito de lesiones gravísimas en accidente de tránsito, planteó excepción de incompetencia, la que sin ser resuelta, la autoridad jurisdiccional señaló audiencia de medidas cautelares, de la que solicitó su suspensión por memorial presentado en la misma fecha de la señalada para dicho actuado procesal; empero las funcionarias judiciales tanto la Secretaria del Juzgado de la causa como las auxiliares no pasaron a despacho oportunamente su petición, por lo cual se declaró su rebeldía, ordenando su aprehensión. De la misma manera, los memoriales que presentó respecto al pronunciamiento de la impugnación de la rebeldía, así como la resolución previa de la excepción por él planteada, no merecieron pronunciamiento alguno por dicha autoridad. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.