SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0345/2013

Fecha: 18-Mar-2013

Fragmento 11

           Por su propia naturaleza, la acción de libertad no se encuentra sujeta al principio de subsidiariedad; sin embargo, conforme ha entendido la amplia jurisprudencia constitucional, esta acción constitucional no resulta ser un mecanismo exclusivo ni excluyente en la protección de los derechos enunciados precedentemente; así, mientras existan vías legales ordinarias capaces de brindar protección oportuna a los derechos objeto de tutela de la presente garantía jurisdiccional, los mismos deben ser agotados y, si pese a ello persiste la lesión, el agraviado se encuentra habilitado para acudir a la justicia constitucional a través de la presente garantía jurisdiccional.