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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2013

    Fecha: 20-Mar-2013

    II.8.

    II.8.   El ahora accionante por memorial de 3 de diciembre de 2012, cumpliendo lo observado y ratificándose in extenso en el contenido de su demanda de acción de amparo constitucional, solicitó se admita la misma y se señale fecha y hora de audiencia. Mediante Auto de 10 del mismo mes y año, el Tribunal de garantías, fijó audiencia para celebrarse dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles de la citación de los demandados (fs. 13 a 14 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegando
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Alcance y finalidad de la acción de libertad
    • III.2.  Procedencia de la acción de libertad
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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