SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2013
Fecha: 20-Mar-2013
1) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado
Conforme a ello, a partir de dicha Sentencia Constitucional Plurinacional, los supuestos de procesamiento indebido en las medidas cautelares de carácter personal, puede ser tutelado a través de la acción de libertad, en los casos en los que se afecte las reglas y elementos del debido proceso, siempre y cuando se cumpla con dos aspectos esenciales: 1) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, 2) El agotamiento de los mecanismos intraprocesales de impugnación.
Ahora bien, las reglas de recusación, vinculadas a la garantía del juez natural en su elemento imparcialidad, se encuentran dentro del ámbito de la garantía del debido proceso y, por ende, pueden ser tuteladas vía acción de libertad cuando se cumplan con los dos requisitos señalados por la jurisprudencia contenida en las SSCC 1865/2004-R y 0619/2005-R, antes referidas, o cuando, tratándose de medidas cautelares, se cumplan con los requisitos previstos en la SCP 0037/2012, es decir, que el supuesto acto ilegal relacionado con la recusación esté directamente vinculado con la libertad física o personal y que se hubieren agotado los mecanismos internos de impugnación; pronunciándose en ese sentido la SCP 0038/2012 de 26 de marzo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 1) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado
- deberán ser rechazadas in límine
- la finalidad de establecer un rechazo in límine
- deberán continuar de manera inmediata con el conocimiento y resolución de la causa, aspecto que de ninguna manera vicia de nulidad los actos procesales ulteriores”
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR