SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2013

Fecha: 20-Mar-2013

1) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado

Conforme a ello, a partir de dicha Sentencia Constitucional Plurinacional, los supuestos de procesamiento indebido en las medidas cautelares de carácter personal, puede ser tutelado a través de la acción de libertad, en los casos en los que se afecte las reglas y elementos del debido proceso, siempre y cuando se cumpla con dos aspectos esenciales: 1) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, 2) El agotamiento de los mecanismos intraprocesales de impugnación.

Ahora bien, las reglas de recusación, vinculadas a la garantía del juez natural en su elemento imparcialidad, se encuentran dentro del ámbito de la garantía del debido proceso y, por ende, pueden ser tuteladas vía acción de libertad cuando se cumplan con los dos requisitos señalados por la jurisprudencia contenida en las SSCC 1865/2004-R y 0619/2005-R, antes referidas, o cuando, tratándose de medidas cautelares, se cumplan con los requisitos previstos en la SCP 0037/2012, es decir, que el supuesto acto ilegal relacionado con la recusación esté directamente vinculado con la libertad física o personal y que se hubieren agotado los mecanismos internos de impugnación; pronunciándose en ese sentido la SCP 0038/2012 de 26 de marzo.