SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2013

Fecha: 25-Mar-2013

Fragmento 17

           El art. 202 de la Norma Suprema, establece las atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, regulando en su numeral 12 la de conocer y resolver el recurso directo de nulidad, cuya base constitucional se encuentra en el art. 122 de la CPE, que prevé: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”. En concordancia con esta disposición constitucional, el art. 143 del CPCo, prescribe: “El Recurso Directo de Nulidad tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la Ley”.