SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2013
Fecha: 27-Mar-2013
i)
Los accionantes alega que las autoridades demandadas lesionaron los derechos de su mandante al debido proceso y a la propiedad privada, ya que al emitir el Auto Supremo 81/2012 cometieron los siguientes errores: i) Sería una resolución sin fundamentación e incongruente, que otorga ultra petita la nulidad de su título propietario, sin que ello hubiera sido demandado, en consecuencia, no se cumplió el objeto único del recurso de casación, cual es la verificación del cumplimiento o no de la ley; ii) Existe errónea interpretación del art. 1545 del CC; y, iii) No se habría valorado la prueba presentada por su parte, ya que se determinó que sus adversarios tenían mejor derecho propietario, porque el vendedor de ellos inscribió su derecho propietario primero que la persona que le transfirió los terrenos, aplicando indebidamente el art. 1545 del CC; errores interpretativos que en el proceso civil por mejor derecho propietario, provocaron que se otorgue privilegio propietario a sus contrarios. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del mandante de la accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.5.
- II.9.
- i)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.3.1. El deber de valoración integral de la prueba
- III.4.
- III.5. Análisis del Auto Supremo 81/2012 de 12 de abril
- la interpretación de esa disposición no se limita a un sentido restringido, es decir a establecer que el causante del actor y del demandado sea la misma persona, por el contrario, en sentido amplio, dicha determinación orienta a establecer el origen del derecho propietario, vale decir establecer si los derechos contrastados tienen un mismo origen
- III.6.
- CONFIRMAR