SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
I.2.2. Intervención de los terceros interesados
Jimena Viviana Rico Toro Gamarra, en el informe cursante de fs. 75 a 77, manifestó: Que el recurrente fue notificado en su domicilio procesal señalado en el expediente “EDIFICIO CASANOVA PISO 7 OFICINA 4” (sic), y en un acto de deslealtad jurídica, días más tarde hizo devolver la citada notificación con el abogado Marcelo Carvajal El Hage; por lo que, en forma posterior el juez de la causa mediante Auto de 6 de marzo de 2009, rechazó un recurso de reposición bajo alternativa de apelación al no ser evidentes los argumentos esgrimidos y ser muy claro y contundente el domicilio señalado, donde fue sentada la notificación. Por ello, es falso afirmar que el recurrente no gozó del derecho y garantía al debido proceso, ya que desde un principio no plantearon incidente de nulidad contra la supuesta mala notificación, incidente dentro el cual, podían haber solicitado la apertura de un término probatorio para que el oficial de diligencias informe sobre el domicilio donde se practicó la citada notificación, al no hacerlo queda demostrado que consintieron estos actos y mal pueden activar una tutela no solicitada ni recurrida en su oportunidad. También era menester observar que dentro de las piezas señaladas para conformar el cuadernillo de apelaciones, se incluyan las actuaciones que ahora en forma extemporánea se reclama. El accionante a más de hacer una confusa relación de hechos, no cumple con el “inc. IV y V del art. 97 de la Ley 1836” (sic), toda vez, que omite establecer de manera precisa y clara los hechos que sirven de fundamento a su acción, cuando estos no son evidentes y no aporta prueba demostrativa de haber agotado todos los recursos que la ley le franqueaba.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Intervención de los terceros interesados
- I.2.3. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. La Acción de Amparo Constitucional no es una instancia adicional
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR