SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante considera vulnerados sus derechos al debido proceso, a la defensa en juicio, a la presunción de inocencia, a la “seguridad jurídica”, a la “impugnación en los procesos judiciales” y a la tutela judicial efectiva, señalando que en la audiencia conclusiva desarrollada dentro del proceso penal seguido en su contra, interpuso incidente de nulidad por vicios absolutos, el mismo que fue rechazado por el Juez de la causa y apelada esa determinación, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Beni, por Auto de Vista 003/2011 de 14 de marzo, dispuso la devolución de obrados, sin ingresar a resolver dicho recurso, con el argumento de que las resoluciones dictadas en la fase intermedia que rechacen excepciones, no pueden merecer apelación incidental, sino reserva de apelar, la que se materializará con la eventual apelación restringida. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.