SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

II.9.

II.9.      El 20 de mayo de 2011, el investigador asignado al caso, Freddy Guaribana Noza, dirigió a Roberto Quiroz Sandagorda, Director de la FELCC de “Pampa de la Isla”, informe indicando que el 19 de mayo de ese año, se constituyó (junto con personal de la FELCC) al lugar de los hechos para realizar la inspección ocular del mismo, logrando constatar que en el barrio “Espirital”, manzana 10, lotes del 1 al 8, en el que, según la denunciante existe un espacio de terreno que le pertenece, ya no se observa ningún poste o alambrado a los que hace referencia en su denuncia, al contrario, se puede “observar en fotografías que se acompaña que existen personas asentadas en dicho terreno, mismas que han construido un mercado con toldos de madera y carpas, colocándole el nombre de Mercado Campesino Carlos Moyano” (sic), indicó también que se conoce que los dirigentes de ese mercado son Julián Muruchi Victoria y Orusine Lucas Gerónimo; asimismo, el informe señala que pudieron contactarse con uno de los comerciantes, quien les pidió que se retirasen del lugar. Además cursan siete fotografías a color (fs. 79 a 82).