SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2013-L

Fecha: 30-Abr-2013

1)

Lucidio García Morón, autoridad demandada, por informe escrito cursante de fs. 78 a 79 vta., señaló: 1) La sentencia dictada por el Juez de la causa, carece de la debida fundamentación conforme lo establece el art. 192 incs. 2) y 3) del Código de Procedimiento Civil (CPC), ya que en dicho fallo solamente se hizo una relación de actuados y no una fundamentación para otorgar el derecho a favor de los demandantes; 2) En la parte dispositiva de la indicada sentencia, existe contradicción con lo peticionado en la demanda, pues en aquella, se indica que se la declara probada en parte, en base al derecho de posesión que ha sido invocado por los demandantes, quienes solicitaron recobrar dicha posesión sobre un inmueble de 520 m2, “y la sentencia dispone la restitución del inmueble despojado, del punto internet y llamadas” (sic), por parte de los demandados, “al tercer día de ejecutoriada la sentencia bajo apercibimiento de lanzamiento exceptuando la parte física del inmueble habitado por los demandados, con costas” (sic); y, 3) Además, omitió pronunciarse sobre los daños y perjuicios que también fueron demandados, no habiéndose dado cumplimiento a lo establecido por el art. 613 inc. 2) del CPC.