SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2013-L

Fecha: 30-Abr-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes a través de su representante, señalan que se vulneraron sus derechos a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, mencionando que dentro del proceso de interdicto de recobrar la posesión, el Juez de la causa, mediante Sentencia 94/2010 de 29 de noviembre, declaró probada en parte la demanda, apelada la referida Resolución por las partes contendientes, la autoridad demandada, por Auto de Vista de 8 de febrero de 2010, anuló la misma, sin la debida motivación y fundamentación de los hechos alegados y objetados por las partes, pronunciándose sobre hechos no reclamados por éstos; además, de no encontrarse respaldada la determinación asumida en alguna norma, principio o causal determinada por ley. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.