SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2013

Fecha: 03-Abr-2013

I.2.1. Ratificación de la acción

La accionante, en audiencia, asistida de sus abogados, ratificó los fundamentos de su demanda, añadiendo que no existen recursos previstos por la ley para impugnar la Resolución emitida por la autoridad demandada, misma que vulneró derechos y garantías constitucionales. La normativa vigente remite solamente a la justicia ordinaria para casos de negativa o rechazo de registro en DD.RR. y no para la figura de la suspensión del registro ya consolidado en dicha oficina.