SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2013

Fecha: 10-Abr-2013

i)   El título de propiedad de María Luisa y Nelly Quiroga Vedia está registrado en DD.RR.

i)   El título de propiedad de María Luisa y Nelly Quiroga Vedia está registrado en DD.RR. en la partida 220 del Libro Primero de Propiedad de la Capital e inscrito al folio 73 del Segundo anotador en Tarija a los 28 días de septiembre de 1967, reconociéndole fuerza probatoria al tenor del art. 1289 del CC y art. 905 del CCabrg que por determinación del art. 1567 del CC vigente se rigen por este. Por lo que, al tenor del art. 1538 del CC son las únicas titulares del inmueble objeto de litigio y con tal derecho transfirieron la propiedad a los esposos Julio Fernando Granier Ortiz y Beatriz Vásquez de Granier y a Edith Guerrero Aguiar. de Lencer, por lo tanto no incurrieron en ilicitud por causa o motivo porque transfirieron a título de compra venta un inmueble de su propiedad;