Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2013-L
Fecha: 06-May-2013
II.2.
II.2. Cursa el mandamiento de condena de 26 de marzo de 2009, rubricado, en suplencia legal por Aníbal Vicente Miranda Balboa, Juez Tercero de Partido en lo Penal Liquidador, que ordena la aprehensión del accionante y en el que consta la diligencia de su cumplimiento y ejecución en la ciudad de Santa Cruz, apuntando que se condujo al condenado hasta dependencias del Comando Departamental de la Policía de Santa Cruz, con intervención del Ministerio Público (fs. 12 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “procedente”
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- “denegó”
- Fragmento 8
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.2. El debido proceso
- Su emisión conforme a procedimiento, no constituye lesión al derecho a la libertad
- Antecedentes jurisprudenciales:
- Fragmento 20
- III.4. La autoridad competente para emitir el mandamiento de condena
- III.5.
- CONFIRMAR