Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2013-L
Fecha: 13-May-2013
III.10.Análisis del caso concreto
En el presente caso el accionante manifiesta que en el año 1985 desempeñaba las funciones de ayudante de operador de tractor en la Corporación de Desarrollo de Chuquisaca, sufriendo un accidente de trabajo que lo dejó discapacitado por la pérdida del antebrazo, siendo posteriormente transferido a la Prefectura, indica también que, producto del pronunciamiento del decreto departamental CH/001, emitido por la autoridad demandada, por efectos de la transición de la ex Prefectura a la Gobernación del Departamento de Chuquisaca, se dejó sin efecto todas las designaciones de personal anteriores al 31 de enero de 2011.
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- III.3. Normas abrogadas por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización
- III.4. El decreto departamental CH/001 de 31 de enero de 2011
- III.6. Extinción de la relación laboral por causas ajenas al empleador y al trabajador
- El empleador sólo se puede eximir de la satisfacción de este deber, cuando existan motivos justificados para ello
- III.7. Inamovilidad laboral de la persona con capacidades diferentes
- III.8. Excepción al principio de subsidiariedad
- III.9. Del deber de los Gobiernos Autónomos Departamentales de crear políticas de inclusión social de las personas con capacidades diferentes
- III.10.Análisis del caso concreto
- III.10.1. Del conocimiento del contenido del d
- III.10.2. Del cumplimiento del