SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2013-L

Fecha: 13-May-2013

III.4.  El decreto departamental CH/001 de 31 de enero de 2011

En cumplimiento de la Ley 017 de 24 de mayo de 2010, la Ley Departamental 008 de 27 de octubre de 2010, la Resolución Biministerial 017/2010 de 29 de diciembre, emitida por el Ministerio de Autonomía, las notas “MA/DESPACHO/Nº030/2011” de 11 de enero y “MEFP/VPCF/DGPGP/UET/Nº013/11” de 26 de enero de 2011, del Ministro de Autonomía y Ministro de Economía y Finanzas Públicas respectivamente, la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Gobernador del Departamento Autónomo de Chuquisaca emitió el decreto departamental CH/001 de 31 de enero de 2011, que en su artículo 1 dispone: “I. La Secretaría Departamental de Economía  y Finanzas (Ex Secretaria de Hacienda) y Jefatura de Recursos Humanos (Ex Dirección de Recursos Humanos), deberán dar cumplimiento a la Ley Departamental Nº 008 de 27/octubre/2010 y Resolución Bi-Ministerial Nº 017/2010 de 29/diciembre (Ministerio de Autonomía y Ministerio de Economía y Finanza Públicas), aplicando la Nueva Estructura Organizacional y escala salarial del Gobierno Autónomo de Chuquisaca.

IV. Quedando cesantes todos los ítems de personal y/ cargos aprobados por resoluciones Bi-Ministeriales en favor de la ahora extinguida Prefectura del departamento de Chuquisaca, de manera inmediata y velando la continuidad administrativa se emitirán nuevas designaciones y/ memorándums de personal, dando lugar al reordenamiento y/o reestructuración de la Gobernación.

V. Los funcionarios de carrera administrativa, provenientes de procesos de institucionalización ante la Prefectura del departamento de Chuquisaca, de igual forma  quedan cesantes en sus funciones al quedar sin efecto los ítems de la extinguida Prefectura, que anteriormente se constituía  en una unidad  administrativa descentralizada dependiente del Poder Ejecutivo del Nivel Nacional”.