SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2013-L

Fecha: 20-May-2013

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Felix Villarroel Trujillo, a través de su abogado en audiencia indicó que el caso central es una división y partición de un inmueble, proceso que tiene amplia duración, al extremo de que del fallo que resolvió una excepción al inicio del proceso, el demandante tuvo la habilidad de que ese fallo de excepción previa llegue hasta la entonces Corte Suprema de Justicia, eso le posibilitó de que presente un recurso de amparo constitucional, que le fue denegado, vuelto el expediente a la ciudad de Potosí, ya resuelta la excepción, el demandante ha incidentado, ha presentado apelaciones, de todo decreto, auto y de la sentencia. Es falso que los jueces le hayan cerrado el camino. Por otro lado, considera que la petición no tiene asidero ya que el art. 129 de la CPE, dispone que la acción de amparo se tramitara, siempre que no exista otro medio de impugnación, de protección de derechos y garantías restringidos. Indicó también que la señora Teresa Piñas Vda. de Vásquez, como codemandada, hace también un análisis y una exposición de que el perito presentó su informe fuera de plazo, y es resuelto por el Auto de Vista “78/2011”, que confirmó la posición del Juez de origen la misma y fue apelada.