Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2013-L
Fecha: 22-May-2013
III.2. El plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional
En este entendido el plazo establecido de seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional, implicaría la diligencia y oportunidad con la que el accionante acuda a la justicia constitucional, en el marco de los principios de inmediatez y celeridad, que se encuentran vinculados al interés de éste en su propia solicitud, evitando dilaciones innecesarias en la interposición de la acción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional
- III.3.
- Fragmento 21
- REVOCAR
- 2°