SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2013-L
Fecha: 22-May-2013
III.3.
El accionante señaló que emergente de una denuncia efectuada por Carla Campos Toro, en su contra, por los supuestos de acoso y abuso sexual, se le inicio proceso administrativo interno disciplinario, mediante Auto Inicial de apertura de Sumario TS-03/10 de 21 de septiembre de 2010, en el marco de los arts. 61 inc. c) y 74 inc. s), emitido por Tribunal Sumariante, presidido por Eduardo Varnoux Serrano -autoridad ahora demandada-, que fue emitida de forma irregular, por lo que interpuso incidente de nulidad, por actividad procesal defectuosa y violatoria de sus derechos y garantías procesales e incidente de recusación por causal sobreviniente, al haber anticipado dicha autoridad criterios sobre la sanción al proceso; los cuales no merecieron pronunciamiento alguno por parte de dicha autoridad; emitiendo la Resolución TS-03/10 de 12 de octubre de 2010, que lo sancionó con la destitución a su cargo, por lo que interpuso recurso de revocatoria que confirmo lo dispuesto, mediante Resolución TS-04/10 de 25 de octubre de 2010; y posterior jerárquico, este último, fue elevado ante Nicolás Oscar Aguilar Torrez, Gerente General, de la CNS, quien emitió Resolución 033/10 de 26 de noviembre de 2010, que no fue debidamente fundamentada, ni congruente, confirmando su destitución, privándolo de ejercer su trabajo como Médico Intensivista del Hospital Obrero “Dr. Jaime Mendoza” de Sucre.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional
- III.3.
- Fragmento 21
- REVOCAR
- 2°