Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2013-L
Fecha: 23-May-2013
II.4.
II.4. Cursa la Resolución de Sobreseimiento 001/2011 de 25 de julio, pronunciada a favor de los accionantes, debido a que la Fiscal de Materia a cargo del proceso, llegó a la convicción de que la autoría del hecho recae en Hermenegildo Chauca Chauca y Luis Alberto Mita Huanca y que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar acusación en su contra, fallo que fue presentado en el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal el 26 de julio de 2011 (fs. 42 a 43 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- III.3. La presunción de inocencia
- III.4. El principio de celeridad en la tramitación de solicitudes de cesación de la detención preventiva
- Fragmento 16
- III.5. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad»'”
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. La dilación en la tramitación de la solicitud de cesación de la detención preventiva
- III.6.2. La Resolución de Sobreseimiento en favor de los accionantes
- III.6.3. Dilación en la tramitación de la acción de libertad
- CONCEDER en parte