SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2013-L
Fecha: 23-May-2013
III.6. Análisis del caso concreto
En el presente caso, los accionantes acusan la vulneración de sus derechos a la libertad de locomoción, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a una justicia pronta y oportuna, debido a que dispuesta su detención preventiva mediante Resoluciones 05/2010 y 025/2010 fueron solicitando cesación de la misma que les fue rechazada, pese a que acompañaron la respectiva prueba que demostraba que no existe obstaculización en la averiguación de la verdad, ni riesgo de fuga, que durante las investigaciones no participaron en el ilícito, por lo que por memorial de 26 de julio de 2011 nuevamente pidieron día y hora para audiencia de consideración de la cesación de la detención preventiva, la que se dispuso sea considerada en audiencia conclusiva, acto que fue suspendido por la inasistencia de la representante del Ministerio Público, pese a que pidieron al juzgador se considere su solicitud, ya que además de los nuevos elementos de convicción, existía la Resolución de Sobreseimiento 001/2011 de 25 de julio viabilizando su libertad, en consecuencia continúan detenidos injustificadamente.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- III.3. La presunción de inocencia
- III.4. El principio de celeridad en la tramitación de solicitudes de cesación de la detención preventiva
- Fragmento 16
- III.5. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad»'”
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. La dilación en la tramitación de la solicitud de cesación de la detención preventiva
- III.6.2. La Resolución de Sobreseimiento en favor de los accionantes
- III.6.3. Dilación en la tramitación de la acción de libertad
- CONCEDER en parte