SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2013-L

Fecha: 23-May-2013

III.3.  La presunción de inocencia

Con relación a la garantía constitucional de presunción de inocencia el art. 116 de la CPE, señala: “I. Se garantiza la presunción de inocencia. Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado. II. Cualquier sanción debe fundarse en una ley anterior al hecho punible”.

La acción de libertad se encuentra prevista para la protección de la  persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal; en consecuencia, la presunción de inocencia como garantía constitucional y como parte del procesamiento del imputado, no encontrará tutela a través de la acción de libertad al no ser la vía idónea para su impugnación.