SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2013

Fecha: 13-May-2013

a)

Franz René Pabón Ortuño, Presidente de la Sala Civil y Comercial Cuarta y Juan Carlos Berrios Albizu, Presidente de la Sala Civil y Comercial Segunda, presentaron informe escrito cursante de fs. 154 a 157, señalando lo siguiente: a) Evidenciaron que la Jueza codemandada resolvió la causa de acuerdo a los datos del proceso y las normas que rigen la materia; b) Miriam Álvarez Zenteno no demostró que no fue notificada y que no conoció del acto de remate;        c) La accionante, suscitó la nulidad de remate de forma extemporánea al haber presentado su memorial el 22 de septiembre de 2008, a horas 16:30, luego de producido el tercer remate en horas de la mañana; d) No evidenciaron la vulneración de sus derechos a la igualdad y a la defensa, considerando que según informe del Subregistrador de DD.RR., cursante a fs. 13 del cuaderno de apelaciones, la ahora accionante no figuraba como acreedora hipotecaria sobre el bien rematado; e) La ahora accionante, el 21 de febrero de 2008, recién registró su acreencia, cuando el proceso se encontraba en ejecución de Sentencia, motivo por el cual no corresponde la aplicación del art. 1479 del CC, por cuanto no se tenía conocimiento de la inscripción de la hipoteca señalada; y, f) En cuanto a la tercería de derecho preferente de pago, no acreditó haber inscrito en DD.RR. su acreencia con anterioridad a la ejecutante incumpliendo lo dispuesto por el art. 1393 del CC.