SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2013

Fecha: 13-May-2013

Sin éste requisito, no puede llevarse adelante la subasta”

Esta oficina, debe necesariamente informar sobre el derecho de propiedad o dominio, embargo o inhibiciones, hipotecas, servidumbres y todas las anotaciones que hubiere en el registro de propiedad. Con este informe, debe notificarse a jueces embargantes o inhibientes si existen; a los acreedores hipotecarios; y a todos a quienes se hace referencia en el certificado otorgado por Derechos Reales. Sin éste requisito, no puede llevarse adelante la subasta” (el resaltado es nuestro).