SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2013

Fecha: 13-May-2013

resolvió el incidente de acuerdo a los datos del proceso y las normas que rigen la materia

De lo descrito precedentemente, se evidencia que los Vocales demandados, en recurso de apelación al haber confirmado la Resolución 234 “A”/2010 de 19 de junio, actuaron correctamente, toda vez que en su fundamento refirieron que la Jueza a quo, resolvió el incidente de acuerdo a los datos del proceso y las normas que rigen la materia; evidentemente, como se estableció anteriormente, la mencionada Jueza resolvió el incidente de nulidad de acuerdo a los datos del proceso, solicitó que se adjunte el informe de gravámenes hipotecarios para señalar la subasta, en base al informe de 1 de noviembre de 2007, emitido por el Subregistrador de DD.RR., citó a los acreedores hipotecarios, y no causo indefensión a la ahora accionante porque ésta asumió defensa en sus intereses a través de la tercería de derecho preferente de pago que presentó. De todo lo descrito, se tiene que la Juez a quo resolvió el incidente de acuerdo a los datos del proceso y las normas que rigen la materia, como señalaron los Vocales demandados en su Resolución para confirmar la Resolución recurrida en apelación.