Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2013
Fecha: 29-May-2013
2°
2° Disponer la nulidad de la Resolución de 8 de enero de 2013, que declara la rebeldía del accionante, ordenando que el Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, una vez notificado con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, dentro del plazo de veinticuatro horas señale una nueva audiencia, ordenando lo que en derecho corresponda, si es que no hubiese cambiado hasta la fecha, la situación jurídica del accionante.
- acción de libertad
- a)
- procedente
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Reiteración a la jurisprudencia que establece los requisitos para que la acción de libertad tutele elementos del debido proceso en acciones de libertad
- i)
- III.2. La finalidad del juicio oral y la declaratoria de rebeldía
- 'no simplemente se constituye por un tiempo determinado en una limitación al derecho a la locomoción, sino que además tiene otro propósito y es evitar la manifiesta mala fe procesal de la parte procesada, que a veces con la intencionalidad de retrasar el proceso, no acude al llamado de la autoridad judicial provocando que ésta y la parte civil estén reatados al proceso indefinidamente
- III.3. La eficacia de las notificaciones en el procedimiento penal
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1° CONFIRMAR
- 2°