En relación a la SCP 0695/2013 de 3 de junio, la Magistrada que suscribe el presente voto disidente considera que la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional sugiero se considere lo siguiente:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En relación a la SCP 0695/2013 de 3 de junio, la Magistrada que suscribe el presente voto disidente considera que la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional sugiero se considere lo siguiente:

Fecha: 03-Jun-2013

establece una aplicación condicionada para la vigencia plena de la Jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Agroambiental en el marco de la estructura orgánica inserta en la Constitución de 2009,

        Por su parte, la disposición transitoria segunda de la LOJ, establece una aplicación condicionada para la vigencia plena de la Jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Agroambiental en el marco de la estructura orgánica inserta en la Constitución de 2009, así la referida disposición, indica que una vez posesionadas las Magistradas y Magistrados electos del Tribunal Supremo de Justicia entrará en vigencia toda la citada normativa.