La DCP 0009/2013 de 27 de junio, pronunciada dentro del control previo de constitucionalidad al Estatuto Autonómico Indígena Originario Campesino de Totora Marka, efectúa el análisis de dicho Estatuto, declarando la compatibilidad con la Constitución
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La DCP 0009/2013 de 27 de junio, pronunciada dentro del control previo de constitucionalidad al Estatuto Autonómico Indígena Originario Campesino de Totora Marka, efectúa el análisis de dicho Estatuto, declarando la compatibilidad con la Constitución

Fecha: 27-Jun-2013

“…dejamos en el pasado el Estado colonial, republicano y neoliberal…”

Conforme la norma citada, los pueblos indígenas tienen el derecho a decidir si elaborarán su estatuto y a plasmar el proyecto de su estatuto autonómico, conforme a su realidad y sus aspiraciones, más aún cuando nuestro país está constituido en base a la plurinacionalidad de las naciones existentes, por lo que su autodeterminación no está limitada a requisitos formales, teniendo la posibilidad de decidir ellos mismos si desean dotarse de un estatuto como instrumento orientador de su autodeterminación (art. 30.II.4 de la CPE), y la forma en que será realizado, posición que es coherente con la parte filosófica de nuestra Ley Fundamental (preámbulo) que de manera expresa señala: “…dejamos en el pasado el Estado colonial, republicano y neoliberal…” (las negrillas fueron añadidas), lo que quiere decir que se deben respetar plenamente las aspiraciones de nuestros pueblos milenarios y ser amplios en ese sentido.