SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2013-L

Fecha: 03-Jun-2013

II.2.

II.2. Por nota “CITE H.CMV 010/2010” de 19 de enero, el Concejo Municipal de Vinto, señala que éste ente, determinó que el consumo y distribución del agua se debe hacer a todos los estantes y habitantes de la OTB “Alto Mirador”, mientras existan los problemas de dualidad de representantes al ser un proyecto ejecutado por el Municipio, reiteró instructiva para que la misma sea administrada por la Dirección de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto, debiendo la indicada OTB, acatar lo instruido y para poder administrar como tal, debería tramitar su personería jurídica con sus respectivos estatutos y reglamentos internos (fs. 58).