SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2013-L

Fecha: 10-Jun-2013

III.1.  Sobre la naturaleza jurídica de la acción de

El recurso extraordinario de amparo constitucional consagrado por el art. 128 de la CPE, se instituye como una acción de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución Política del Estado y la ley; concepto retomado por el art. 51 del Código Procesal Constitucional (CPCo). De conformidad a la disposición constitucional citada y en aplicación y vigencia de la Norma Suprema, es una acción de defensa destinada a precautelar derechos fundamentales y garantías previstas en la Ley Fundamental y en los Pactos y Tratados Internacionales sobre derechos humanos ratificados por el Estado Plurinacional (art. 410 de la CPE), salvo los derechos a la libertad y a la vida cuando éste se encuentre vinculado a la libertad, que está bajo la protección de una acción específica como es la acción de libertad.