SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0582/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
i)
René Delgado Ecos, Juez Tercero de Sentencia Penal, mediante informe escrito cursante a fs. 38 y vta., refirió que: i) Luego de haberse ejecutoriado la Sentencia 08/2010, asumió conocimiento del proceso en suplencia legal de su similar Segunda; ii) Contra el decreto de ejecutoria la accionante interpuso recurso de reposición pidiendo se reponga la providencia de 7 de diciembre de 2010 y se remita el recurso de apelación restringida, habiendo pronunciado la Resolución 005/2011 de 17 de enero, por la que no le dio curso, considerando que la Jueza titular por auto de enmienda dispuso su notificación para que las partes hagan uso del recurso de apelación restringida, en consecuencia existiendo una solicitud de complementación, aclaración y enmienda de acuerdo al art. 125 del CPP, el plazo comenzó a correr a partir de la notificación con el auto complementario, por lo que correspondía a la parte imputada ratificar el anterior recurso de apelación que presentó, al no haberlo hecho, dio lugar a la ejecutoria y posterior rechazo a la reposición planteada; y, iii) Considera que no vulneró norma alguna que atente los derechos constitucionales de la accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió “en parte”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De los derechos y garantías supuestamente lesionados
- III.2.1. Derecho al debido proceso
- III.2.2. Derecho a la defensa
- III.2.3. El principio de impugnación
- efectos de no caer en discordancias, es recomendable que sea notificado en forma conjunta con la sentencia, por cuanto ambos, tanto la sentencia como el auto complementario forman un mismo fallo, lo cual contribuiría a no causar dudas respecto al cómputo de plazos para la interposición de los recursos correspondientes
- III.2.5. Del cómputo para la interposición del recurso de apelación restringida contra la sentencia penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Desconocimiento a la instauración de la apelación restringida planteada por la imputada dentro del proceso penal
- 2º