Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.10.
II.10.Por decreto de 31 de diciembre de 2012, la Jueza codemandada decreto: “Como hasta la fecha la demandante no se ha pronunciado sobre la planilla (…) que ha sido presentada por el demandado, se declara ejecutoriada en todas sus partes en relación a la acreencia de la demandante Florinda Godoy León de Zubieta. Por actuaria extiéndase el certificado de depósito judicial a favor del demandado, una vez ejecutoriada la presente resolución judicial” (sic) (fs. 511 del anexo).
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 23
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR