Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0674/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.11.
II.11.Con relación al segundo proceso ejecutivo; el 30 de julio de 2002, la Cooperativa Integral Campesina “COINCA Ltda.” representado por Hilarión Cuellar Romero y Esteban Fernández suscribió contrato privado de préstamo de dinero con Juana Florinda Godoy León de Zubieta ahora accionante por la suma de $us6000.- (seis mil dólares estadounidenses) documento reconocido ante la Notaria de Fe Pública de Primera Clase Nº8 (fs. 513 a 514 del anexo).
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 23
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR