SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2013

Fecha: 03-Jun-2013

II.16.

II.16.  Por nota Cite MT/VMESCyCOOP/DGSC/JRLelRC 1675/2012 de 12 de octubre, el Director General de Servicio Social, Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, comunicó a Andrés Camilo Bocángel Ibáñez que con relación a las acciones a ser adoptadas para el cumplimiento de la RM 266/12, la competencia del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social concluyó con la emisión de la indicada Resolución Ministerial, no pudiendo realizar actuado posterior, añadiendo que “sin perjuicio de ello su persona podrá adoptar las acciones establecidas en el parágrafo IV, del artículo 37 del Decreto Supremo Nº 26319 que aprueba el Reglamento de Recursos de Revocatoria y Jerárquicos para la Carrera Administrativa” (sic) (fs. 44).