SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0721/2013
Fecha: 05-Jun-2013
II.1.
II.1. Constan antecedentes de los procesos sumariales universitarios 001/2011 a 011/2011, de estudiantes de Licenciatura en Negocios Internacionales de la UCB “San Pablo”, todos ellos por la comisión de una falta o infracción grave, consistente en que la nota del TOEFL, contenida en el documento presentado por el estudiante, no coincidía con el documento verificado por el sistema ETS, siendo inferior al puntaje mínimo requerido por dicha casa de estudios. En ocho de los sumarios señalados, el proceso concluyó con una amonestación al estudiante y una licencia semestral para que presente el requisito del examen exigido, en todos estos casos se hace constar la existencia del reconocimiento de la falta cometida mediante carta por parte del alumno. En los otros tres casos los estudiantes aducen confusión, engaño o simplemente solicitan suspensión de la inscripción hasta nuevo aviso, por lo que se recomendó la iniciación de los procesos correspondientes, mismos que finalizaron declarándolos autores de fraude en la presentación de su certificado de examen TOEFL, disponiendo su suspensión por dos semestres académicos en dos casos, y otro por un semestre, pues este último reconoció el hecho (fs.357 a 559).
En ese entendido, dentro del proceso universitario 09/2011, la Comisión Sumarial mediante Resolución Final estableció que el estudiante al estar debidamente notificado con la apertura del término de prueba, “no ha presentado ningún elemento de convicción que sustente sus afirmaciones” (sic), declarándolo autor de fraude en la presentación de su certificado de examen de inglés TOEFL, sancionándolo con la suspensión de dos semestres académicos (fs. 450 a 452). Por otra parte, en el proceso universitario 10/2011, la mencionada Comisión Sumarial también mediante Resolución Final estableció que la estudiante (…) dentro del término de prueba abierto, no presentó “ninguna prueba de descargo que confirme los argumentos que esgrime en la carta de 5 agosto de 2011” (sic), declarándola autora del fraude y sancionándola igualmente con la suspensión de dos semestres académicos (fs. 491 a 494).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- revocar
- I.3.1. Ratificación de la acción
- I.3.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- sino también de las personas individuales o colectivas que restrinjan o amenacen restringir los derechos y garantías objeto de su protección.
- a través de la cual la acción puede ser presentada sin excepción contra todo servidor público o persona individual o colectiva
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR